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Impulsan reforma de la ley de grooming, por nuevas figuras penales no contempladas

El caso sucedido en España donde un hombre fue condenado a más de 400 años de prisión por abusos sexuales y grooming digital a través de videojuegos, pone en evidencia la importancia de actualizar la ley Argentina", expresó la diputada nacional Gabriela Brouwer de Koning,

Información General27/07/2025TribunaTribuna
GABY BROUWER
Gabriela Brouwer de Koning, diputada nacional.

El caso sucedido en España donde un hombre fue condenado a más de 400 años de prisión por abusos sexuales y grooming digital a través de videojuegos, pone en evidencia la importancia de actualizar la ley Argentina", expresó la diputada nacional Gabriela Brouwer de Koning, quien viene remarcando y promoviendo desde hace un año por medio del proyecto de ley para actualizar la legislación argentina y ampliar la tipificación penal de este tipo de delitos.

“Hoy el grooming no solo ocurre cuando hay intención de contacto sexual. También lo hay cuando un adulto manipula, engaña o chantajea a niñas, niños o adolescentes para obtener imágenes íntimas o ejercer control emocional. Esto debe ser delito, aunque no haya contacto físico”, señaló la legisladora.

La ley de grooming se aprobó en el año 2013, habiendo desde esa fecha a la actualidad numerosos avances tecnológicos, que han posibilitado una expansión en las diferentes formas de expresión, permitiendo que adultos se puedan contactar con niño, niñas y adolescentes, de manera virtual, sin necesidad de un contacto físico, con el fin de ganarse poco a poco su confianza para luego involucrarle en una actividad sexual, ya sea manipulándolo emocionalmente, chantajeándolo para que le envíe material íntimo o sexual, fingiendo ser otro menor.

Es ante esta realidad es que se hace necesaria una reforma del artículo 131 del Código Penal capaz de acompañar estas nuevas formas delictivas contra la integridad sexual que se dan en el plano digital.    Por eso presentamos un proyecto para incorporar nuevas formas de acoso digital como el sextorsión y el chantaje, como así también, agravar la pena cuando el delito fuese cometido a menores de 16 años.

“El caso de España nos muestra la urgencia de actuar. No podemos permitir que el Código Penal argentino siga desactualizado frente a delitos que ya se cometen todos los días en entornos digitales. Debemos proteger a nuestros niños y niñas en el mundo virtual con las mismas garantías que en el mundo real”, agregó Brouwer.

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