
Nota de Opinión.
Radio T
El tribunal consideró que esta presentación no era más que una extensión de la violencia de género. También señaló que el accionante solo pretendía dejar sin habitación a su expareja y a su hija.
Locales23/09/2020 TribunaEl Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° Nominación de Río Tercero rechazó una acción de despojo iniciada por un hombre en contra de su exconcubina, con quien había tenido una hija. El accionante pretendía recuperar el inmueble donde residía la mujer. En su demanda, alegaba haber sido despojado en función a una falsa denuncia de violencia familiar formulada por la mujer y aludía a que la relación entre ambos había sido “esporádica”, “casual” e, incluso, sin compromiso alguno.
La jueza Romina Sánchez Torassa expresó que el retiro del inmueble por parte del demandante “sólo implicó el mero cumplimiento de un deber legalmente impuesto dentro del marco de un proceso judicial en el que tuvo la oportunidad de ejercer plenamente su derecho de defensa en juicio”. Y subrayó: “El accionar del actor trasunta la pretensión de dejar a su exconviviente y a su hija sin habitación, cuando es él quien ha sido excluido del hogar”.
En este sentido, la sentencia puntualiza que el cumplimiento de una orden judicial, dictada en el marco de una denuncia de violencia familiar, no puede ser considerada como la violencia, la clandestinidad o el abuso de confianza necesarios para configurar el despojo de un inmueble.
“El ingreso de la demandada al inmueble fue consentido por el propio accionante en función de la unión convivencial existente entre ellos; por lo tanto, no se puede considerar que la Sra. O. B. haya adquirido la posesión de aquél por vías de hechos, acompañadas de actos materiales ejercidos con fuerza o intimidación, o por actos ocultos, o por la negativa de restituirlo pese a haber contraído la obligación de hacerlo al ingreso”, precisó Sánchez Torassa.
En la sentencia, la magistrada destacó que las palabras empleadas por el hombre en su escrito de demanda, que describían a su relación sentimental como casual, esporádica, sin compromiso ni convivencia, reflejaban un evidente menosprecio de quien fue su compañera en un proyecto de vida común.
“El proceso de ruptura amorosa suele ir acompañado de un estado de negación, ira, negociación, depresión y aceptación –etapas del duelo-, provocados por la pérdida emocional. Pero ninguna de dichas emociones justifica las palabras empleadas por el actor en su escrito de demandada, en tanto ha caracterizado su relación con la demandada como “esporádica” o “casual” e, incluso, ha recalcado la ausencia de una mujer con la que compartiría su vida”, subraya la sentencia.
La jueza Sánchez Torassa agregó que estas manifestaciones representan “una mirada estereotipada en la distribución de roles del varón y la mujer, no sólo, al colocar a la demandada en una situación de inferioridad, sino también al referirse al universo de mujeres como objetos de consumo que proporcionan una especie de satisfacción inmediata”.
Nota de Opinión.
La entidad fue fundada en 1936 y a lo largo de los años se consolidó como referente institucional.
La pieza es un ciclo de monólogos breves que el autor escribió durante la pandemia y que este año cumple su segunda temporada de funciones.
Días atrás el Vivero Municipal de Río Tercero cumplió 10 años. Y en ese marco, la Secretaría de Desarrollo Vecinal de la Municipalidad, presentó los resultados del censo de arbolado urbano, y la efectividad de las 700 intimaciones emitidas para los vecinos frentistas planten árboles en las veredas. El relevamiento arrojó, además, cuáles son los barrios con más y menos ejemplares.
El acto estuvo encabezado por el ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, acompañado por el intendente Marcos Ferrer, el secretario General de la Gobernación David Consalvi, y el Jefe de Policía Leonardo Gutierrez.
La categoría contó con 90 patinadoras, quedando las patinadoras locales en los siguientes puestos: Lola Pasteris: 33; Victoria Soria: 45; y Zoe Valla en el puesto 47, siendo esta su primera participación en un evento de tal magnitud.
Fue durante las últimas horas de este jueves 19 de junio. Se realizó mediante un operativo coordinado por el Ente Coordinador de Ablación e Implante de Córdoba (Ecodaic), que depende del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.
Con esta entrega, el nosocomio provincial de dicha localidad, suma equipamiento clave para la atención de pacientes críticos y consolida su rol como hospital regional de referencia.
La entidad fue fundada en 1936 y a lo largo de los años se consolidó como referente institucional.
Nota de Opinión.
Proyecto del oficialismo. Lo trata el Concejo Deliberante. Además de mano única, se plantearán giros permanentes a la derecha en algunas calles.
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.