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La Legislatura aprobó la nueva ley que regula la actividad náutica en la provincia de Córdoba

Entre otras cosas, crea un Registro Provincial de Infractores y Accidentes Náuticos; una Comisión Provincial de Seguridad Náutica; y la Patrulla Náutica Provincial.

Locales14/11/2024TribunaTribuna
Legislatura

En su 18ª sesión ordinaria del 146° período legislativo, este miércoles 13 de noviembre la Legislatura cordobesa convirtió en ley un proyecto para regular la actividad náutica en la provincia de Córdoba. La nueva norma busca contribuir a la seguridad integral para la navegación de lagos, lagunas, ríos, arroyos y cursos de agua en el territorio provincial, algo que venía siendo necesario debido a que la normativa vigente data de 1968 y requería una actualización. La iniciativa fue aprobada en general y en particular por los legisladores. 

La ley fue compatibilizada a partir de proyectos de las actuales legisladoras Nadia Fernández, Ileana Quaglino, Ariela Szpanin y la exlegisladora Natalia Quiñóñez, más la iniciativa del legislador Ignacio Sala. 

Entre sus aspectos más relevantes, la ley crea el Registro Provincial de Infractores y Accidentes Náuticos (para el control y administración de las sanciones, y para garantizar un historial actualizado de infractores), y la Comisión Provincial de Seguridad Náutica y Costera, Medio Ambiente y Saneamiento Hídrico; deroga las leyes 5.040 y 6.345; y modifica la ley 8.264. 

También crea la Patrulla Náutica Provincial para reforzar la seguridad en las vías navegables. Se trata de un cuerpo especializado para realizar tareas de vigilancia, prevención, fiscalización y control de las actividades náuticas. Actuará en coordinación con la Policía de Córdoba, a través del Departamento de Unidades de Alto Riesgo (DUAR); la Prefectura nacional; Bomberos Voluntarios; y municipios y comunas. La intención es proteger la vida y los bienes de las personas que disfrutan de los espejos de agua de Córdoba.

Asimismo, la normativa establece controles de alcoholemia (con tolerancia cero) y  consumo de drogas para los conductores de las embarcaciones. 

Por otra parte, dispone el uso obligatorio del chaleco salvavidas para cada persona que se encuentre en embarcaciones y la exigencia de seguros.

También incorpora un régimen detallado de infracciones, determina prohibiciones y estipula sanciones, que pueden llegar hasta la inhabilitación del conductor o la incautación de la embarcación en casos extremos.

Al mismo tiempo, establece una zonificación y regulación para actividades náuticas, a los fines de optimizar la seguridad en áreas destinadas al deporte y la recreación; prevé mecanismos de colaboración entre las distintas autoridades; e incluye capacitación permanente para los agentes encargados de la seguridad náutica.

Nadia Fernández destacó que la ley “refuerza el compromiso con la seguridad náutica que tenemos en nuestra provincia” e implica “un avance significativo en la actividad, ya que atiende a la seguridad de las personas, al desarrollo ordenado de las aguas y a la prevención del ambiente”. 

La vicepresidenta de la Cámara aclaró después: “No podemos dejar de lado las responsabilidades individuales; la ley debe servir para clarificar qué se puede hacer, qué no y qué requisitos se necesitan para tener una embarcación”.

Sala, a su turno, indicó: “Necesitábamos una ley actualizada porque ni las embarcaciones ni los espejos de agua son los mismos que en 1968. El objetivo es que todas las partes asuman la responsabilidad correspondiente a fin de garantizar que la actividad se desarrolle de forma segura”. 

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