
Los juicios fueron abreviados, es decir que los autores reconocen el hecho y acuerdan la pena.
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El conductor de un camión que se utiliza para transportar frutas y verduras fue imputado por la muerte del ciclista de Río Tercero. En una jornada ventosa, Daniel Coria, perdió la vida cuando circulaba por la autovía ruta 36.
Policiales12/11/2022 TribunaUn verdulero de 41 años, oriundo de Almafuerte y de nacionalidad boliviana, está imputado por el delito de homicidio culposo agravado por la muerte del ciclista riotercerense Daniel Coria (58), ocurrida el 25 de octubre pasado, en la autopista ruta 36 Brigadier Juan Bautista Bustos.
El día del accidente Eyver Marcelo Olarte viajaba con su camión desde la vecina ciudad hacia Córdoba a buscar mercadería. Alrededor de las 14, en el tramo entre Las Bajadas y San Agustín, se produjo el accidente en el que perdió la vida el ciclista, de profesión arquitecto y con una activa participación en actividades comunitarias e institucionales de la ciudad.
De acuerdo a la investigación que lleva adelante el fiscal de Instrucción Alejandro Carballo, en el siniestro estuvo involucrado el camión del imputado. En el reporte policial consta que el conductor del vehículo habría manifestado que al observar la presencia del ciclista realizó una maniobra de apertura, percatándose que el viento -intenso durante esa jornada- lo desplazaba hacia el camión, provocando que finalmente fuera impactado. Coria fue trasladado a un nosocomio donde se constató su deceso.
Desde la Fiscalía a cargo de la investigación indicaron que se aguardan los resultados de la autopsia realizada al cuerpo de la víctima así como las pericias accidentológicas, que permitirán clarificar cómo fueron las circunstancias en las que se produjo la muerte de Coria. “Los resultados de las pericias serán clave para determinar la participación o no del camión en el accidente”, puntualizaron.
Se esperaba que esta semana el imputado prestara declaración ante el fiscal y brindara su versión de los hechos.
Prohibición
El delito que se le imputó al verdulero prevé una pena de dos a cinco años de cárcel e inhabilitación especial por cinco a diez años. Sin embargo, fuentes judiciales sostuvieron que en este caso podría resultar fundamental la prohibición existente para los ciclistas de circular por autovías.
Según lo que establece la Ley Nacional de Tránsito N° 24449, en su artículo 46 inciso b, la presencia de bicicletas está prohibida en autopistas o autovías al figurar de manera explícita que la circulación de “peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial” se encuentra vedada. Sin embargo, nada dice acerca de la circulación en rutas convencionales, es decir aquellas que tienen un solo carril por mano de circulación, y que son mayoría en la provincia.
Por otra parte, en Córdoba desde el año 2017, rige una Ley Provincial de Promoción y Fomento del Uso de la Bicicleta que estipula derechos pero también obligaciones para los ciclistas.
Esa ley no le impide a éstos transitar por rutas, siempre y cuando lo hagan en hileras, de a uno, y respetando las medidas de seguridad. Pero, la prohibición sí rige para autovías, debido a que estos vehículos de “propulsión a sangre” no pueden alcanzar la velocidad mínima permitida.
En los casos en que la Policía Caminera encuentre ciclistas en autopistas o autovías, debería invitarlos a salir de dichas vías y si bien podrían aplicarse multas son casi nulos estos casos, aunque la ley así lo establezca.
En concordancia con la ley nacional, la provincial prohíbe la circulación de ciclistas en autovías, pero no en rutas. En este sentido podría decirse que los cientos de deportistas que lo hacen a diario por la autovía que une esta ciudad con Almafuerte o bien en la autovía Ruta 36 lo hacen en evidente infracción.
Los juicios fueron abreviados, es decir que los autores reconocen el hecho y acuerdan la pena.
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