
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.
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Uno de los abogados defensores adelantó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia
Policiales13/03/2021 TribunaEl abogado penalista Carlos Ríos calificó de “lamentable” el fallo judicial del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que anuló el juicio por jurados populares en el que fueron absueltos dos policías de Río Tercero acusados de un incendio intencional donde fallecieron dos personas. Ríos, defensor de uno de los involucrados, señaló que recurrirá la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, bajo el argumento que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
En tanto, el fiscal Gustavo Martín, quien junto a la fiscal adjunta Andrea Heredia Hidalgo, habían presentado el recurso de casación ante el TSJ tras el juicio, se mostró satisfecho con la decisión.En la misma línea opinó el asesor letrado Alfredo Brouwer de Koning, representando a la querellante en la causa.
El fatal incendio ocurrió el 3 de noviembre de 2014 cuando en una vivienda. Como consecuencia perdieron la vida Mirtha Selva (53) y su hijo Alejandro Villalón (20). Tras una investigación, se determinó que el fuego comenzó a partir de una bomba casera preparada presuntamente por José Vidaurre (34) y Cristian Ahumada (37), ambos efectivos policiales, según la acusación que sostuvo el fiscal de Cámara y la entonces Instructora Heredia Hidalgo.
Cuestionamientos
Ríos manifestó que el fallo del TSJ desconoce la virtud del juicio oral, que es donde se expone toda la evidencia y las partes pueden ver y escuchar a los testigos e imputados, resolviendo luego los jueces y los jurados la sentencia con “esa percepción”, apelando a las “reglas de la lógica y la experiencia común”.
“¿Porque este fallo lo desconoce? Porque resulta ser que en una sala del Tribunal Superior de Justicia, tres jueces que en realidad es uno solo que funda el voto y los otros se adhieren, leyendo solo el expediente, sin ver a un testigo, ni evidencia del tribunal, ni conocer a los imputados, desconoce diez días de juicio en Río Tercero”, cuestionó Ríos.
Y agregó: “Lo más grave es la falta de respeto a la ciudadanía que, representada en esos ocho jurados populares, se chuparon diez días de juicio con mucha responsabilidad, y leyendo el expediente solamente dicen que están todos equivocados y hay que hacer un nuevo juicio”.
“La seguridad jurídica no vale nada. Hubo unanimidad (en el fallo absolutorio), es decir que todos vieron lo mismo. No había una sola prueba para condenar a estas personas”, destacó Ríos.
Vidaurre y Ahumada habían llegado a juicio imputados por homicidio doblemente calificado y tentativa de homicidio, por el uso funcional y por el medio. Se enfrentaron a una posible prisión perpetua pero quedaron absueltos y recuperaron la libertad el 31 de octubre de 2018.
Los fiscales Martin y Heredia Hidalgo, presentaron un recurso de casación y el TSJ les acaba de dar la razón.
Las pruebas
El máximo tribunal de la Provincia cuestionó que existieron varias pruebas que no fueron consideradas por la cámara riotercerense. Por caso, alude al testigo que dijo haber visto a una persona con uniforme de la fuerza de explosivos, que sólo usaba uno de los dos acusados en toda la Unidad Departamental.
“Milico, me vas a quemar toda la casa”, habrían sido las últimas palabras de la víctima, que el TSJ valoró e indicó que debieron ser profundizadas durante el debate. Al igual que las pruebas de que a uno de los acusados se le incautó material de su computadora de cómo hacer una bomba molotov (con botellas de cerveza y una mecha en la punta).
En esa línea, el TSJ subrayó que en los peritajes se encontraron vidrios de color marrón, además de los que tenía la vivienda.
El fallo puntualiza que “el contenido de las amenazas estaba vinculado con situaciones ocurridas entre la familia Villalón y la Policía de Río Tercero”. En ese sentido, se destacó un mensaje anónimo intimidante aparecido poco antes del ataque incendiario: “Van a ir a acompañar a Lucas al Cementerio Parque”. Los autores de la amenaza aludían a Lucas Funes, quien “fue víctima de un ataque con bombas molotov”, según se dijo en el juicio.
También el TSJ valoró al testigo que subrayó que “el portón de la Policía no tiene medidas de seguridad y entra y sale cualquiera”. Esos dichos irían contra la coartada de uno de los acusados, “quien pudo haberse ido sin ser visto y cubierto por algún compañero”.
En el recurso de casación se cuestionó asimismo que hubo falsedad en las constancias del libro de guardias (de la Policía). Ejemplifican que se hizo constar que hubo un llamado “sobre ruidos en los techos, cuando en realidad los vecinos se comunicaron con el servicio de emergencias de la Policía por el incendio”.
Sin embargo, fuentes de la defensa indicaron que ninguno de esos indicios fue probado, ni mucho menos la participación de los acusados.
La nueva resolución judicial pone en duda además, “que no ha sido analizado por el tribunal ”que cinco minutos antes del incendio un testigo vio pasar un móvil policial y que luego del incidente vio pasar a dos uniformados vestidos de negro, corriendo por calle San Miguel hasta Savio, quienes tras subirse a un auto salieron raudamente del lugar”. Esas arterias están ubicadas a metros de donde sucedió la tragedia.
Asimismo se cuestiona que el juzgador no efectuó en rigor una integración valorativa de algunas pruebas con el resto del material probatorio.
Valoración de indicios
El asesor letrado que representó a la hija y hermana de los fallecidos -Natalia Villalón- señaló respecto al fallo del TSJ: "Esperamos que en un nuevo juicio, la misma prueba se valore correctamente". Y aclaró que “lo que debe hacerse nuevamente es el juicio no toda la investigación, para que los nuevos jurados y jueces escuchen los argumentos de cada prueba".
En la misma línea se expresó el fiscal Martín, quien impulsó la casación:â“El fallo del TSJ era la aspiración de la Fiscalía, que se declarara la nulidad, se entendió que la valoración había sido incorrecta, que la línea de pensamiento del Tribunal está errada”, señaló.
Martín indicó que en el recurso presentado ante el TSJ “denunciábamos que se había parcializado el análisis, es decir que el Tribunal había dejado de lado algunos indicios que hacían que se llegara a una conclusión distinta a la que estimamos correcta”.
El fallo que ordenó nuevo juicio fue rubricado por los vocales del TSJ Aída Tarditti, Sebastián López Peña y María Cáceres.
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.
Reincidieron en el mismo delito por el que habían sido condenadas años atrás. Seguían vendiendo drogas con prisión domiciliaria.
El sujeto, que convivía con la supuesta víctima de 14 años al momento de la denuncia, había sido acusado de abuso sexual con acceso carnal, que las pericias no pudieron determinar.
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