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Incorporaron como exigencia el barbijo translúcido en atención al público para favorecer a personas con hipoacusia

El Concejo Deliberante de Río Tercero sumó este elemento para personas que atiendan al público, en una norma que ordena las nuevas exigencia de seguridad en esta etapa del distanciamiento social. Ratifica el uso obligatorio del barbijo, la distancia de dos metros entre personas y las multas, y deja sin efecto la limitación de una persona por vehículo, aunque le impone al servicio público de pasajeros (taxis, remises y colectivos) el cumplimiento de los protocolos específicos.

Locales09/06/2020 Tribuna
tapabcas

A través de una ordenanza, el Concejo Deliberante incorporó la utilización de barbijos o protectores translúcidos o transparentes para permitir que las personas con hipoacusia puedan observar los gestos y la lectura labial de su interlocutor, y de ese modo poder comunicarse. 

Este tipo de tapaboca o máscara transparente deberán ser utilizados por personas a cargo de la atención al público en comercios, oficinas y estamentos oficiales. Los barbijos comunes seguirán siendo obligatorios también como medida de protección personal. 

Por lo menos debe haber un elemento diseñado de este modo a disposición y una sola persona que lo utilice para poder dialogar con personas sordas. 

“No hace falta que deba tener el barbijo transparente todo el día colocado, pero sí una persona designada que se lo coloque en estos casos”, indicó una fuente del Concejo Deliberante.

Rige para espacios donde concurra el público en general, tales como bancos u otras entidades financieras, supermercados, almacenes y afines, estaciones de servicio, locales comerciales en general y transporte público de pasajeros.

Incluso en el caso que la persona hipoacúsica tenga el rol de atención al público, otro compañero de trabajo podrá realizar la tarea de intérprete para evitar que todos los vecinos deban colocarse un barbijo transparente.  

Esta exigencia fue incorporada en una nueva ordenanza que regula varios aspectos de seguridad y fija multas por su incumplimiento, y que reemplaza la anterior 4310/2020 de abril pasado que fue derogada.  La inquietud surgió de personas que trabajan y asisten a hipoacúsicos. 

En el artículo referido a la utilización de tapaboca, se incorporó el protector translúcido. 

La nueva norma suprimió el concepto de “aislamiento social” debido a las flexibilizaciones decididas en los últimos días, e incorporó el de “distancia social”, que debe respetarse a dos metros entre personas. 

A medida que se van abriendo las actividades en las zonas blancas como Río Tercero, se va flexibilizando la cuarentena pero siempre con los cuidados de higiene para evitar contagios de Covid.

Asimismo, la ordenanza ya no contempla la prohibición de viajar solo de a una persona en automóvil ya que desde hace algunas semanas se permite el traslado de todo el grupo familiar. También se dejó sin efecto la limitación en el caso de taxis y remises. 

Para el transporte público de pasajeros las sanciones se dispondrán a quienes no respeten los protocolos establecidos para ese servicio, de distancia y de cantidad de personas. 

La ordenanza anterior de infracciones fue derogada y reemplazada por una nueva, puesto que muchos artículos quedaron extemporáneos a raíz de los cambios en el proceso de la cuarentena. 

Sigue pasible de multas la no utilización del tapabocas, no respetar la distancia ni los protocolos se seguridad, y negarse a ser sometido a los tests de diagnóstico preliminares, entre otros.

Se mantuvieron las sanciones, que van desde el apercibimiento hasta la reincidencia con la obligación de realizar trabajos comunitarios o el pago de una multa en dinero.

La norma fue sancionada con el voto del bloque de la UCR y Hacemos por Córdoba y la negativa del Frente Todos por Río Tercero que sigue argumentando que es impracticable y testimonial.  

La observancia de la ordenanza sigue a cargo de los inspectores municipales. 

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