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Un mujer sufrió acoso telefónico durante dos años

Un albañil de 34 años fue condenado la semana pasada por acosar a una abogada durante dos años. El hombre recibió una pena de prisión efectiva de tres años y cuatro meses. Además se deben monitorear las llamadas que realiza desde la cárcel.

Policiales20/08/2019 Tribuna
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El juez José Argüello, de la Cámara del Crimen local, condenó a un albañil de 34 años,  a tres años y cuatro meses de prisión efectiva por el delito de coacción continuada. A Fernando Sarmiento se lo encontró culpable de haber acosado por teléfono durante dos años, entre 2016 y 2018, a la abogada Romina Sueldo (35), de Río Tercero.

Estando embarazada, la mujer caminaba por las calles de la ciudad y ante la necesidad de comunicarse con su esposo decidió pedir un teléfono prestado ya que el suyo se había quedado sin batería. Sarmiento, quien se encontraba en una obra en construcción, se ofreció a ayudarla. Y también en esa oportunidad le solicitó su número telefónico para comunicarse con ella para que le prestara sus servicios como abogada. A partir de aquel momento comenzó el acoso.

La víctima realizó la denuncia y Sarmiento fue detenido. Pero el acoso no terminó ya que desde la cárcel de Bouwer  continuaba llamándola.

La situación motivó que la mujer se mudara de estudio jurídico, cerró todas sus direcciones en las redes sociales y cambió en reiteradas oportunidades su número telefónico.

Sarmiento no desistía e incluso se comunicaba a la sede de Tribunales y también al Colegio de Abogados preguntando por ella. Intentó lo mismo con familiares y allegados de la mujer.

Las propuestas que el acusado le hizo a la mujer siempre fueron de índole sexual, según la causa, hasta su voluntad de que tuvieran un hijo juntos. En su defensa, Sarmiento insistió en que todo se trató de “una historia de amor”.

La Fiscalía de Cámara había solicitado tres años y nueve meses de prisión, mientras que la querella pidió tres años de cárcel para Sarmiento. El juez Argüello ordenó que el hombre –quien cuenta con antecedentes por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización– se sometiera a tratamiento psicológico y psiquiátrico.

También hizo especial mención a que se controlara y se monitorearan las llamadas telefónicas que eventualmente realizara el acusado desde la cárcel.

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