
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
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Se trata de unos 700 mil pesos de los meses de marzo y abril, que la Cooperativa, a criterio de la Municipalidad, debería haber cobrado ya que la tasa de recaudación del 2% está aún vigente. En la Cooperativa se defienden indicando que fue prohibida por el ERSeP y retirada por el Municipio.
Locales26/05/2018 TRIBUNAEn un nuevo capítulo en el roce institucional y político entre la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos y la Municipalidad, la entidad rechazó la intimación comunal que perseguía cobrar los fondos destinados a Bomberos Voluntarios de los meses de marzo y abril. Lo hizo a través de una carta documento que llegó ayer a los despachos municipales. En la misiva, la Cooperativa enfatizó que la tasa del 2% que se imputaba sobre el consumo eléctrico fue retirada a partir de una resolución del ERSeP, que la entidad está obligada a cumplir y en decisiones adoptadas por el propio Ejecutivo municipal, que suspendió los tributos del 9% y 2%. Sin embargo, el Municipio sostiene que no hubo un pedido formal para dejar de cobrar la tasa, cuyos fondos no percibidos, ahora reclama.
"El Ejecutivo y el Concejo Deliberante nos denunciaron ante el ERSeP (y el organismo) nos sacó el 10,46% de aumento que nos había autorizado", recordó Roberto Aliciardi, gerente de la Cooperativa. "No solo fue por los aumentos, sino porque dijeron que estábamos cobrando indebidamente el cargo por Arroyo Cabral". Según Aliciardi, la suspensión del aumento tarifario le ocasiona a la Cooperativa un perjuicio económico mensual de unos cinco millones de pesos, que se equilibra con ajuste interno y suspensión de inversiones.
"El 7 de marzo el ERSeP dice, con la resolución 10, que no se pueden cobrar cargos no referidos al servicio eléctrico. El 15 de marzo el intendente municipal realiza una conferencia de prensa expresando que acataba la resolución del ERSeP en función del clima social reinante, a pesar de no estar de acuerdo", dijo Aliciardi. "Resolvió en esa fecha que los usuarios del servicio eléctrico no siguieran pagando la tasa del 9 y 2%", remarcó el gerente de la Cooperativa. "Lo hacía -dijo- para aliviar la carga de los usuarios aunque ello repercutiera en las finanzas municipales", expresó Aliciardi. "También pidió en forma pública a la Cooperativa y a todos los agentes intervinientes, que tuvieran un gesto, ante lo cual la Cooperativa dispuso una reducción del 11% de los Mayores Costos Operativos", subrayó.
Así, el directivo de la Cooperativa entendió que la Municipalidad "dejó en firme" la resolución del ERSeP.
La suspensión del aumento tarifario "nos ha hecho un desbalance en la facturación, impresionante", se quejó Aliciardi.
En ese contexto, desde la Cooperativa señalan que ajustan en costos operativos, obras e inversiones, para trabajar "con estos menores ingresos".
"La tasa del 2% para Bomberos no la podemos aplicar, porque la Cooperativa tiene una concesión provincial que implica que tenemos que respetar al ERSeP", manifestó.
En tanto, Aliciardi dijo que la prórroga dispuesta por el ERSeP sobre el cálculo de las tasas en las boletas, hacia el mes de agosto, se aplica solo sobre los cargos vinculados al servicio eléctrico, donde no ingresa el 2% para Bomberos.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
Nota de Opinión.
La entidad fue fundada en 1936 y a lo largo de los años se consolidó como referente institucional.
La pieza es un ciclo de monólogos breves que el autor escribió durante la pandemia y que este año cumple su segunda temporada de funciones.
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La categoría contó con 90 patinadoras, quedando las patinadoras locales en los siguientes puestos: Lola Pasteris: 33; Victoria Soria: 45; y Zoe Valla en el puesto 47, siendo esta su primera participación en un evento de tal magnitud.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
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La damnificada adujo que no le permitieron ingresar al boliche local por su aspecto físico. El tribunal reconoció el reclamo de multa por daño punitivo.
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