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Miqueas Érmoli: tras siete años del hecho sobreseen a dos de los tres imputados

El joven de 20 años murió el 31 de marzo de 2016 luego de ser elevado por cables que habían sido arrastrados ante el paso de un ómnibus y de un camión. La familia de Miqueas apeló la decisión de la Justicia.

Locales 15/08/2023 Tribuna Tribuna
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La familia de Miqueas Érmoli, el joven de Río Tercero que murió en un absurdo accidente vial, presentó un recurso de casación frente a la decisión judicial de sobreseer, por prescripción de la causa, a dos de los tres imputados por el caso.

Representados por el abogado Carlos Ríos, los padres de Miqueas -Diana Bigolín y Sergio Érmoli- presentaron el recurso en el que se pide se revise la decisión de la jueza de Control Sonia Pippi.

La mañana del 31 de marzo de 2016, alrededor de las 10.30, un ómnibus de larga distancia de la empresa Chevallier, de dos pisos, volteó y arrastró cables de Telecom en una esquina y, en la otra, un camión los tensó justo cuando Miqueas los pisó. Esa fuerza lo levantó y lo arrojó de manera brusca, a unos cinco metros, en la vereda contraria. A raíz del violento impacto sobre una reja, el joven murió casi en el acto. Otros vecinos también resultaron con lesiones leves. En otro extremo de la cuadra, los cables alcanzaron a una mujer y, más lejos, a otro joven. El hecho ocurrió alrededor de la plaza ubicada en Troilo y Belisario Roldán, cerca de la terminal de ómnibus de Río Tercero.

En la causa que investiga la muerte del joven estaban imputados Manuel Irusta (responsable del área de mantenimiento de la empresa Telecom en Río Cuarto), Cristian Biondi y Joel Felice, quienes eran los conductores de un colectivo de la larga distancia y un camión de carga respectivamente.

En 2019 y luego de tres años de investigación, el fiscal Alejandro Carballo elevó la causa a juicio. Esa decisión tuvo una oposición por parte de la defensa de uno de los imputados. Luego vendrían otras etapas en las que la causa llegó a la Cámara de Villa María desde donde se concluyó que debía continuar investigándose y realizar diligencias que permitieran acreditar la responsabilidad en el hecho del empleado de Telecom.

Recientemente la Justicia dictó el sobreseimiento para dos de los tres imputados -Biondi e Irusta- por prescripción de la acción penal. Ocurre que el máximo de la pena por las que se los acusa es de seis años. y correspondería esa interpretación.

La jueza Pippi entiende que corresponde la prescripción de la acción penal porque los plazos procesales no se han interrumpido desde hace siete años. La querella sostiene que sí.

Pippi registra el tiempo transcurrido desde 2016 (cuando se desarrolló la indagatoria) y la querella desde 2019. La jueza, por su parte, planteó que “a los fines de contabilizar el término para que opere la prescripción de estos delitos, se debe regir por la pena única dada por el delito mayor, en este caso, del homicidio culposo agravado (que tiene un máximo de seis años)”.

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Diana Bigolín y Sergio Érmoli, los padres de Miqueas

“Altera, irrazonablemente, el derecho de la víctima del delito o de su representante a obtener no solo un fallo condenatorio sino, como sucede en la especie, a impedir el cierre prematuro de la investigación penal de delitos cometidos en su perjuicio, a partir de las normas internacionales sobre garantías y protección judicial previstas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que integran el bloque de constitucionalidad”, señaló en su escrito el abogado Ríos que representa a la familia Érmoli.

También apuntó que “durante años, desde la querella se ha insistido en la necesidad de avanzar con la investigación, advirtiendo el riesgo de prescripción, habiendo llegado a solicitar un pronto despacho y queja por retardada justicia que fue desatendido por el fiscal de la Cámara” (de Villa María).

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