
Los juicios fueron abreviados, es decir que los autores reconocen el hecho y acuerdan la pena.
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La Justicia de Río Tercero concluyó que no hay delito en la exigencia de una escuela hacia sus alumnos de utilizar barbijo para concurrir a clases, ni tampoco existen causales de inconstitucionalidad de la norma.
Policiales20/03/2022 TribunaLa Justicia de Río Tercero concluyó que no hay delito en la exigencia de una escuela hacia sus alumnos de utilizar barbijo para concurrir a clases, ni tampoco existen causales de inconstitucionalidad de la norma. La conclusión surgió de una reciente resolución del fiscal de Instrucción Alejandro Carballo, quien archivó una denuncia formulada por una madre que decidió no enviar a su hija al colegio al estar en contra de la utilización del tapabocas para la prevención del Covid. La mujer, que planteó extraños argumentos, denunció a la escuela y al Ministerio de Educación.
Para el fiscal no existió abuso de autoridad ni tampoco una conducta ilícita por parte de las autoridades escolares, quienes tienen -según el fiscal- “el poder de policía” para solicitar el uso del barbijo.
La nena no fue enviada a clases por su mamá desde que comenzó el ciclo lectivo, ya que no puede compartir los mismos espacios con sus compañeros. Además, transcendió que la pequeña no está vacunada.
En ese marco, la escuela puso a disposición una serie de herramientas virtuales para su vinculación escolar. La mamá se opone no solo a la vacunación sino también a las medidas sanitarias dispuestas desde que comenzó la pandemia para evitar contagios.
Lo llamativo es que no se haya tomado ninguna medida para que la nena concurra a la escuela, teniendo en cuenta la obligatoriedad de la enseñanza.
En tanto, la Provincia ratificó la obligatoriedad del uso del barbijo en las escuelas.
Los juicios fueron abreviados, es decir que los autores reconocen el hecho y acuerdan la pena.
El hecho sucedió en enero paso en la zona rural de Almafuerte.
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En una de las causas el acusado deberá indemnizar a su víctima.
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