
La Cámara del Crimen de los Tribunales de Río Tercero resolvió esta semana varias condenas en una serie de juicios por hechos de robo y hurto.
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Establece un protocolo específico desde la denuncia, contra agentes, funcionarios y cargos electivos
Locales28/06/2021 TribunaUn caso puntual de supuesta violencia de género de un concejal hacia una secretaria de bloque, fue el inicio del análisis de un proyecto de ordenanza, para contemplar sanciones administrativas a los autores de estos hechos. En el caso de los agentes de planta están contemplados mecanismos sancionatorios en el estatuto del empleado, pero existen grises respecto de los funcionarios, tanto de los designados con jerarquía política, como los cargos electivos. Estos últimos, en los que se encuadrarían los concejales, por ejemplo, no pueden ser removidos ni suspendidos fácilmente en sus funciones.
La Carta Orgánica contempla herramientas como el juicio político y la suspensión en caso de vinculaciones con causas judiciales, pero no hay mecanismos más expeditivos en esa materia.
De esa manera, la iniciativa impulsada por la presidenta del Concejo Gabriela Brouwer de Koning, prevé un procedimiento para actuar a partir de la denuncia por violencia de género dentro del ámbito laboral municipal, abarcando los tres poderes: el Ejecutivo, Tribunal de Cuentas y Concejo. Básicamente, en el caso de los agentes, el proyecto prevé “suspensión de hasta 30 días, cesantía o exoneración, sin prestación de servicios ni percepción de haberes, teniendo en cuenta la gravedad de la falta y los perjuicios causados”.
Además puede plantearse la suspensión preventiva del agente. Es importante resaltar, que “en el caso de cargos electivos, la comisión de alguno de los hechos sancionados por esta ordenanza es considerada seria irregularidad e inhabilidad sobreviniente en el ejercicio de las funciones, en los términos del artículo 155 siguientes y concordantes de la Carta Orgánica Municipal”, mientras que “en el caso de los funcionarios de designación política la comisión de alguno de los hechos sancionados es considerada causal de mal desempeño de sus funciones, siendo causal de remoción”, según el proyecto.
Por otra parte, se establece que “las infracciones disciplinarias por violencia de género pueden tener, además, sanciones con propósito restaurativo de la dignidad de la víctima o fines preventivos, tales como el pedido de disculpas públicas, el traslado o reasignación de funciones, la modificación de la organización del trabajo o del horario de prestación de servicios”, entre otras.
Se trata, a criterio de los autores del proyecto, de fijar protocolos que también pueden trasladarse al sector privado, para añadir un elemento más a la lucha contra la violencia de género, en el ámbito laboral.
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