Los Desafíos del Suministro de Agua en Ciudades en Crecimiento: Un Recurso Escaso en un Mundo Urbano
Espacio institucional de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Río Tercero.
Radio T
El haber jubilatorio no es una concesión graciable del Poder Administrador. Por el contrario, es un derecho en sentido fuerte consagrado constitucionalmente y por los tratados internacionales de derechos humanos.
Locales08/02/2021 TribunaPor Juan M. Mocoroa* y Juan M. Galli**
Los jubilados representan uno de los grupos más vulnerables de nuestra comunidad. Pese a eso, en algunos casos son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Este tributo sustrae una porción sustancial de sus ingresos a personas de avanzada edad y que se encuentran generalmente fuera del mercado laboral.
El haber jubilatorio no es una concesión graciable del Poder Administrador. Por el contrario, es un derecho en sentido fuerte consagrado constitucionalmente y por los tratados internacionales de derechos humanos.
Las jubilaciones, pensiones o retiros no configuran el concepto de “ganancia” pues, en verdad, ningún miembro del sector “pasivo” presta servicios u obtiene rentas, enriquecimientos o rendimientos merced a una actividad. De ahí que los tribunales han considerado que, en verdad, se trata de un “débito social que se cumple reintegrando aportes efectuados al sistema previsional”.
Esta situación fue contemplada en el precedente “García” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En este caso, la Corte sostuvo que no debía perderse de vista el estado de mayor vulnerabilidad de los jubilados. En particular por su avanzada edad u otras situaciones particulares, como puede ser problemas de salud. Esta decisión fue seguida por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en otros casos.
“Las jubilaciones, pensiones o retiros no configuran el concepto de “ganancia” pues, en verdad, ningún miembro del sector “pasivo” presta servicios u obtiene rentas, enriquecimientos o rendimientos merced a una actividad”.
Entonces, los jubilados alcanzados por el impuesto a las ganancias pueden cuestionar judicialmente su aplicación y proteger así su fuente de ingresos. Existe un mandato constitucional, reforzado a partir de la reforma de 1994, que impone la obligación de la totalidad de los poderes estatales de garantizar el efectivo goce de los derechos. En particular, cuando se trata de un colectivo especialmente vulnerable.
El conjunto de la población económicamente pasiva está inmerso dentro de este colectivo vulnerable. Es más, al menos desde 1957 con la incorporación del art. 14 bis a la Constitución, deben ser considerados como sujetos de preferente tutela. Esto es así porque ellos están en una situación absolutamente diferenciada respecto del resto de los individuos sujetos al poder de imposición del Estado.
En conclusión, resulta inconstitucional la aplicación del impuesto a las ganancias a los jubilados. Esta conclusión tiene respaldo jurisprudencial, tanto en nuestra provincia como en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El respeto de los derechos de los más vulnerables es una obligación constitucional y, en fin, asumir esa tarea está en manos del Poder Judicial.
*Abogado (UNC), Master en Global Rule of Law and Constitutional Democracy (Universidad de Génova); Master en “Derecho y Argumentación Jurídica” (UNC); Master en Derecho Administrativo (Universidad Austral), Docente “Derecho Constitucional” (UNC y Universidad Siglo 21).
**Abogado (UESiglo 21), Master en Derecho Administrativo (c) (Universidad Austral).
Espacio institucional de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Río Tercero.
Los talleres de formación fueron ofrecidos en distintos barrios de Río Tercero, con el objetivo de acercar la capacitación a los vecinos y promover el aprendizaje práctico en áreas de gran demanda.
“Este es un paso más hacia una Río Tercero que promueve el talento y el esfuerzo de sus emprendedores”, indicó el concejal Pedro Bossa.
El secretario de Economía Raúl Bertalot apuntó que anhela que siga la recuperación de las variables económicas. El presupuesto municipal para 2025 será de 54 mil millones de pesos.
Se trata de un aporte de 50 mil pesos para los estudiantes que portan la bandera argentina y de 30 mil pesos para los escoltas. La mutual realiza esta tarea desde hace algunos años.
Entre otras cosas, crea un Registro Provincial de Infractores y Accidentes Náuticos; una Comisión Provincial de Seguridad Náutica; y la Patrulla Náutica Provincial.
La fecha tiene como objetivo concientizar a la sociedad sobre la importancia de mantener niveles saludables de glucosa en sangre, promoviendo así el bienestar y una mejor calidad de vida para las personas con diabetes.
Esta semana se realizó un encuentro entre Salud y la comunidad de la escuela Rótulo
El Juzgado en lo Civil y Comercial de 31° Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez Aquiles Villalba, autorizó la supresión del apellido paterno solicitada por una joven mayor de edad que había sido víctima de delitos sexuales.
Durante tres jornadas en el Mundial de OCR (carrera con obstáculos) llamado La Trifeta World Championship en Sparta, Lakoni, Grecia, dos representantes de Río Tercero tuvieron destacados resultados.
Espacio institucional de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Río Tercero.
Si el tango es una forma de caminar Buenos Aires, Facundo Radice y Patricia Malanca dedican en este álbum una carta de amor a la ciudad de la furia.