
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Radio T
El haber jubilatorio no es una concesión graciable del Poder Administrador. Por el contrario, es un derecho en sentido fuerte consagrado constitucionalmente y por los tratados internacionales de derechos humanos.
Locales08/02/2021 TribunaPor Juan M. Mocoroa* y Juan M. Galli**
Los jubilados representan uno de los grupos más vulnerables de nuestra comunidad. Pese a eso, en algunos casos son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Este tributo sustrae una porción sustancial de sus ingresos a personas de avanzada edad y que se encuentran generalmente fuera del mercado laboral.
El haber jubilatorio no es una concesión graciable del Poder Administrador. Por el contrario, es un derecho en sentido fuerte consagrado constitucionalmente y por los tratados internacionales de derechos humanos.
Las jubilaciones, pensiones o retiros no configuran el concepto de “ganancia” pues, en verdad, ningún miembro del sector “pasivo” presta servicios u obtiene rentas, enriquecimientos o rendimientos merced a una actividad. De ahí que los tribunales han considerado que, en verdad, se trata de un “débito social que se cumple reintegrando aportes efectuados al sistema previsional”.
Esta situación fue contemplada en el precedente “García” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En este caso, la Corte sostuvo que no debía perderse de vista el estado de mayor vulnerabilidad de los jubilados. En particular por su avanzada edad u otras situaciones particulares, como puede ser problemas de salud. Esta decisión fue seguida por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba en otros casos.
“Las jubilaciones, pensiones o retiros no configuran el concepto de “ganancia” pues, en verdad, ningún miembro del sector “pasivo” presta servicios u obtiene rentas, enriquecimientos o rendimientos merced a una actividad”.
Entonces, los jubilados alcanzados por el impuesto a las ganancias pueden cuestionar judicialmente su aplicación y proteger así su fuente de ingresos. Existe un mandato constitucional, reforzado a partir de la reforma de 1994, que impone la obligación de la totalidad de los poderes estatales de garantizar el efectivo goce de los derechos. En particular, cuando se trata de un colectivo especialmente vulnerable.
El conjunto de la población económicamente pasiva está inmerso dentro de este colectivo vulnerable. Es más, al menos desde 1957 con la incorporación del art. 14 bis a la Constitución, deben ser considerados como sujetos de preferente tutela. Esto es así porque ellos están en una situación absolutamente diferenciada respecto del resto de los individuos sujetos al poder de imposición del Estado.
En conclusión, resulta inconstitucional la aplicación del impuesto a las ganancias a los jubilados. Esta conclusión tiene respaldo jurisprudencial, tanto en nuestra provincia como en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El respeto de los derechos de los más vulnerables es una obligación constitucional y, en fin, asumir esa tarea está en manos del Poder Judicial.
*Abogado (UNC), Master en Global Rule of Law and Constitutional Democracy (Universidad de Génova); Master en “Derecho y Argumentación Jurídica” (UNC); Master en Derecho Administrativo (Universidad Austral), Docente “Derecho Constitucional” (UNC y Universidad Siglo 21).
**Abogado (UESiglo 21), Master en Derecho Administrativo (c) (Universidad Austral).
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
Nota de Opinión.
La entidad fue fundada en 1936 y a lo largo de los años se consolidó como referente institucional.
La pieza es un ciclo de monólogos breves que el autor escribió durante la pandemia y que este año cumple su segunda temporada de funciones.
Días atrás el Vivero Municipal de Río Tercero cumplió 10 años. Y en ese marco, la Secretaría de Desarrollo Vecinal de la Municipalidad, presentó los resultados del censo de arbolado urbano, y la efectividad de las 700 intimaciones emitidas para los vecinos frentistas planten árboles en las veredas. El relevamiento arrojó, además, cuáles son los barrios con más y menos ejemplares.
El acto estuvo encabezado por el ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, acompañado por el intendente Marcos Ferrer, el secretario General de la Gobernación David Consalvi, y el Jefe de Policía Leonardo Gutierrez.
La categoría contó con 90 patinadoras, quedando las patinadoras locales en los siguientes puestos: Lola Pasteris: 33; Victoria Soria: 45; y Zoe Valla en el puesto 47, siendo esta su primera participación en un evento de tal magnitud.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Con la llegada de las vacaciones de invierno, Almafuerte se prepara para recibir a turistas y residentes con una propuesta pensada especialmente para el público familiar: “FestiNiño”, un ciclo de encuentros recreativos.
La damnificada adujo que no le permitieron ingresar al boliche local por su aspecto físico. El tribunal reconoció el reclamo de multa por daño punitivo.
El ministro de Gobierno participó del Foro Latinoamericano de Alcaldes del Pacto Global por el Clima y la Energía y destacó la política ambiental de la Provincia, basada en inversión pública, liderazgo territorial y apoyo directo a los municipios.