
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
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Los abogados querellantes en la causa por las explosiones de 1995 en la Fábrica Militar, se expresarán en contra del pedido de prisión domiciliaria formulado por los defensores del mayor retirado Marcelo Diego Gatto, que fue requerido ante la Justicia y fundamentado en su presunta frágil salud.
Locales19/06/2018 TribunaLos abogados querellantes en la causa por las explosiones de 1995 en la Fábrica Militar, se expresarán en contra del pedido de prisión domiciliaria formulado por los defensores del mayor retirado Marcelo Diego Gatto, que fue requerido ante la Justicia y fundamentado en su presunta frágil salud.
Gatto fue condenado en noviembre de 2014 por el Tribunal Oral Federal II de Córdoba, a 10 años de prisión por estrago doloso, al ser hallado responsable del atentado en la planta militar, que causó siete muertos, 300 heridos y millonarios daños materiales en la ciudad. El militar, que al momento de la tragedia se desempeñaba como jefe de Producción Mecánica de la empresa estatal, fue encontrado culpable en el juicio junto a otros tres camaradas, quienes recibieron entre 10 y 13 años de cárcel: los coroneles Jorge Cornejo Torino, Carlos Franke y Edberto González de la Vega.
La Cámara Nacional de Casación Penal no hizo lugar, el pasado 4 de junio, a un recurso extraordinario de las defensas de los militares para que la sentencia del juicio oral fuera revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tras ese fallo, los abogados de Gatto solicitaron que la condena pueda ser cumplida en su domicilio particular.
Ocurre que ante esa resolución, las penas están a un paso de quedar firmes y los condenados deberán comenzar a cumplirlas en establecimientos carcelarios, agotadas ya las instancias de apelación. Se presume así que los tiempos procesales se agotan y que las detenciones serían inminentes.
En su presentación, Gatto, de 63 años de edad, alegó padecer "una enfermedad la cual el establecimiento penitenciario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario".
Y fundamentó que sufre de "hipertensión arterial; dislipemia; diabetes; enfermedad coronaria con angiosplastia de la arteria descendente anterior en el año 1995, con secuelas en la contractibilidad miocárdica y fibrosis antero septal segmento apical, tabaquista, y estado depresivo ansioso reactivo en seguimiento y tratamiento por psiquiatría".
En ese contexto, el pedido detalla el tratamiento médico y farmacológico al que Gatto es sometido y se acompañan una serie de certificados de aval del Hospital Militar de Salta, donde reside.
"El problema médico da cuenta del respeto al principio de humanidad para tener en cuenta de Marcelo Diego Gatto", sostiene el escrito de sus abogados.
En ese sentido, el Tribunal solicitó, a pedido del fiscal, la conformación de una junta médica para analizar la veracidad de las dolencias expuestas por el condenado. Y notificó a las partes para que se pronuncien.
"Sostenemos que es tiempo que todos ellos comiencen a cumplir con sus respectivas condenas ya que han pasado 22 años y 7 meses del atentado consumado y Río Tercero como sus víctimas merecen que se efectivicen en forma real para no quedar atrapados dentro de una condena meramente formal", manifestó el abogado Luis Sobrero, quien representa a las hijas de Ana Gritti, la única querellante penal que tuvo la causa.
La querella de la causa es representada por los abogados Aukha Barbero, Ricardo Monner Sans y Horacio Viqueira, quienes pedirán al Tribunal Oral que rechace el pedido de prisión domiciliaria de Gatto y que él, como el resto de los condenados, comiencen a cumplir sus penas en la cárcel.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
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Nota de Opinión.
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