
El próximo 7 de noviembre, Río Tercero será nuevamente sede de este encuentro que desde 2022 convoca a empresarias y emprendedoras de toda la región para compartir experiencias, capacitarse e inspirarse.
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El juicio se desarrollará el próximo jueves, pero por tratarse de un proceso abreviado en el que el imputado reconoció su responsabilidad, la pena ya fue acordada. Se aplicará la llamada "Ley Sarmiento".
Locales11/08/2020 TribunaEl vecino de Villa Ascasubi acusado de haber maltratado a sus propios perros podría recibir una pena de tres meses de prisión el próximo jueves, cuando se realice el juicio en los Tribunales locales.
A partir de que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho se llevará a cabo un juicio abreviado y Carlos Salvi será juzgado por la llamada “Ley Sarmiento”. La pena que recibiría el imputado se decidió a partir de un acuerdo al que llegaron la defensa de Salvi, la Fiscalía de Cámara y la querella, representando ésta última a la Asociación Protectora de Animales San Roque, institución que había efectuado la denuncia.
Cuando en enero de 2019 se hizo público a través de las redes sociales un video en el que se observaba a un hombre maltratando a un perro galgo, la situación generó indignación generalizada y motivó la presentación de una denuncia ante la Justicia. Tras la investigación que llevó adelante el fiscal Alejandro Carballo, la causa fue elevada a juicio hace pocas semanas y ahora se desarrollará el proceso que presidirá el juez de la Cámara del Crimen Marcelo Ramognino.
Tras la difusión de aquel video, tomado por vecinos de Salvi, y la posterior denuncia fueron retirados del domicilio el perro agredido y otros que mantenía en su casa. Los animales fueron trasladados en aquella oportunidad a refugios de distintos grupos rescatistas y luego reubicados en diferentes hogares.
El maltrato animal es un delito sancionado por el Código Penal a través de la ley 14.346, que prevé penas de 15 días a un año de cárcel, que -como todas las de menos de tres años- son excarcelables si el condenado no tiene antecedentes como ocurre en este caso.
La ley, sancionada en 1954, pone en el mismo nivel los casos de maltrato (como negar bebida o comida) con hechos como provocar lesiones o la muerte de un animal.
Fue llamada “ley Sarmiento”, porque el que hizo las primeras gestiones para su sanción fue Ignacio Albarracín, presidente de la Asociación Protectora de Animales de Buenos Aires y descendiente de Domingo Sarmiento.
En su primer artículo, esta ley reprime con prisión de 15 días a un año al que maltrate animales o los someta a actos de crueldad. En el segundo, tipifica los actos de “maltrato”: no dar alimentos suficientes, provocar castigo y dolor, hacer trabajar en exceso o cuando el animal no se encuentre en buen estado físico, estimularlo con drogas sin fines terapéuticos, o usarlos para el tiro de vehículos que los excedan en fuerzas.
El artículo 3 menciona los actos de “crueldad”: practicar la vivisección con fines no científicos, mutilar cualquier parte del cuerpo, cirugías sin anestesia, experimentos y abandono posterior, muerte, tortura o sufrimiento innecesario, riñas y acciones de hostilidad.
En el video que motivó la investigación que derivó en la imputación de Salvi se lo puede observar con una especie de soga quitándole el aire al animal. Estas imágenes generaron un fuerte repudio, sobre todo entre rescatistas de toda la zona que incluso en aquella oportunidad habían organizado una movilización pública, que finalmente fue suspendida ante la intervención de la Justicia.
El próximo 7 de noviembre, Río Tercero será nuevamente sede de este encuentro que desde 2022 convoca a empresarias y emprendedoras de toda la región para compartir experiencias, capacitarse e inspirarse.
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