
La FAA recomendó a los productores cómo actuar frente a los delitos en la zona rural
Frente a esta situación, desde la filial local de la Federación Agraria Argentina (FAA), se brindaron una serie de recomendaciones que los productores deben tener en cuenta frente a estas situaciones.
Locales11/07/2020 Tribuna


La inseguridad rural siempre ha sido un flagelo para el campo argentino y particularmente durante las últimas semanas, productores de distintos puntos del país han sido víctimas de delitos que en muchos casos han afectado seriamente tanto el producto de las cosecha como sus propiedades. Frente a esta situación, desde la filial local de la Federación Agraria Argentina (FAA), se brindaron una serie de recomendaciones que los productores deben tener en cuenta frente a estas situaciones.
¿Qué puede hacer una persona dentro del marco de la ley para cuidar su vida y la de sus seres queridos o los bienes?
“La agresión ilegítima por parte del criminal es la comisión de cualquier delito que afecte a la víctima sea este hurto, robo, violación de domicilio, etc. Ante esta situación la ley nos faculta a impedir o repeler tal delito, siempre y cuando sea usado un medio racional. Es decir, que el método que se utiliza para defender determinado bien sea proporcional al delito que busca impedir”, explicó Juan Manuel Graziani (MP 10-562), abogado e integrante de la comisión directiva de la FAA local.
Y el profesional puso como ejemplo: “Si encontramos a alguien hurtando una manzana sin armas y se lo mata no hay proporción alguna entre el daño que pudiera ocasionar tal delito con respecto a la defensa de dicho bien. Por el contrario, un ejemplo de legítima defensa bien aplicado sería en el supuesto de que ingresara gente armada a la vivienda que pusiera en peligro la vida de sus moradores y para repeler tal delito el dueño de casa disparara contra ellos. En este caso el posible daño del delito es proporcional a la defensa de la víctima”, sostuvo.
Frente a los distintos delitos de los que está siendo víctima el sector agropecuario, Graziani aconsejó cómo actuar la legítima defensa de los bienes y la vida de los productores. El profesional señaló que esos delitos son los tipificados en los artículos 150, (violación de domicilio), 162 (hurto), 164 (robo), 183 (daños), y 186 (incendios) del Código Penal Argentino. Dado el lugar donde se realizan (despoblados o zonas rurales), la mayoría tiene una pena agravada por entender que se encuentran más desprotegidos dichos bienes.
“Lo que hay que hacer en primer lugar es poner en conocimiento a la Patrulla Rural de la Policía (3571-620313) a los fines que acudan. Si esto no es posible y nos encontramos ante una situación de tal gravedad que requiera actuar, se recomienda la utilización de medios disuasivos para que el delincuente abandone el lugar, tales como ruidos o estruendos”, indicó. Aunque aclaró que si la persona se encuentra ante una agresión inminente por parte del delincuente “se recomienda actuar con la mayor prudencia posible para repeler el delito, y luego de actuado siempre dar aviso a la autoridad policial y a un abogado de confianza”. La ley faculta al ciudadano que encuentra a un delincuente cometiendo un delito a la aprehensión privada. “Esto significa que cuando el delicuente fue sorprendido en plena ejecución o intenta escapar puede ser reducido y retenido pero inmediatamente debe darse aviso a la autoridad policial para que concurra al lugar y se haga cargo de la situación”, comentó.
Finalmente, Graziani dijo que desde la FAA esperan “poder aportar a la defensa y seguridad de todos los ciudadanos de bien”, con estos consejos.







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