
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
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El recurso de amparo solicitado fue decidido en forma favorable a través de una medida autosatisfactiva. La resolución fue rápida en menos de 24 horas. Se permitió la visita y el acompañamiento familiar a un paciente con neumonía y Covid internado en el Hospital San Roque de Córdoba, apelando a un carácter humanitario. El reclamo provino de los cuatro hijos de un riotercerense.
Locales05/09/2020 TribunaLa Cámara Civil local ordenó que autorizaran la visita familiar a un paciente en estado crítico
La restricción de libertades y derechos básicos con la excusa de intentar "salvarnos" del contagio del Covid 19, es uno de los temas centrales de debate en todo el país en el mes seis de la cuarentena.
Lo que empezó como una medida de resguardo y prevención, se transformó luego, con mayor y menor intensidad de acuerdo a las regiones, en excesos muchas veces insólitos, mientras la Justicia observaba con pasividad cómo se violentaban principios básicos consagrados en nuestro ordenamiento jurídico.
Pero a medida que las semanas transcurren y se suceden casos lastimosos y hasta conmocionantes de familiares que no logran conseguir permisos para visitar a sus seres queridos internados o enfermos, se van sucediendo excepciones de hecho o de derecho.
Más allá del carácter inconstitucional de ese andamiaje restrictivo, la ley y las normas administrativas comienzan a ser interpretadas de manera diferente y los jueces encuentran pequeñas ventanas que permiten "devolver" derechos esenciales a la gente.
La aceptación del amparo judicial que se conoció esta semana para que al menos uno de los hijos de un enfermo grave pudiera visitarlo y acompañarlo en su internación, da cuenta de ello.
Para dictar la sentencia "autosatisfactiva" con la urgencia que el caso imponía, los jueces Ariel Macagno, Alberto Larghi y María Adriana Godoy integrantes de la Cámara Civil y Comercial de Río Tercero contemplaron uno de los artículos -el 27- del decreto presidencial de Necesidad y Urgencia 714/2020, que permite "el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento".
Estoy orgullosa de la Justicia de Río Tercero en este caso puntual, por ser la primera en el tema, por haber sido valiente en elaborar un fallo diferente y por haber marcado un camino.
De este modo, la Cámara valoró el concepto de "hacer cesar o prevenir un daño en forma inmediata (con una) medida que se agota con su dictado favorable y hace al fondo de la cuestión".
Así, con el amparo en la mano, uno de los hijos del riotercerense de 75 años internado en la terapia intensiva del Hospital San Roque de Córdoba, pudo visitarlo y acompañarlo el martes bajo un estricto protocolo de bioseguridad.
El recurso había sido presentado por los cuatro hijos del hombre ante la Cámara bajo el patrocinio de la abogada Rosela Mengo y el equipo jurídico integrado por los abogados Facundo Prado y Marcela Di Cara; y Elvio Bizani, y se convirtió en el primer amparo de esta índole otorgado en la provincia de Córdoba, luego del caso de la joven Solange Musse, quien murió de cáncer sin poder ver por última vez a su padre a quien no se le permitió el ingreso a la provincia luego de haber viajado 12 horas desde la Patagonia.
Pero más allá del tecnicismo legal, los jueces apelaron al derecho humanitario básico que le asiste a cualquier persona. "Es que de no atenderse lo solicitado podría verse irremediablemente perjudicado el derecho de los actores de otorgar el 'último adiós' a su padre, en atención a las condiciones físicas que se derivan del informe médico emitido", concluyeron los camaristas. El paciente presentaba, al cierre de esta edición, un cuadro crítico de neumonía y diagnóstico de Covid. Y permanecía sedado con asistencia respiratoria mecánica.
Así la Cámara entendió, en otro de sus párrafos, que "si bien las medidas de distanciamiento social para tener impacto deben ser sostenidas e implican la responsabilidad individual y colectiva para lograr el objetivo de disminuir la transmisión del virus y evitar la saturación del sistema de salud, no caben dudas que permitir el acompañamiento del paciente en sus últimas horas de vida significa el reconocimiento al más esencial derecho de las personas de encontrase cerca de un ser querido en sus postreros momentos a los fines de la aceptación de la situación irremediable y que el duelo pueda llegar a ser más tolerable, indudable derecho humano, que no encuentra razones atendibles para ser negado".
El paciente estuvo internado durante dos semanas en una clínica de Río Tercero hasta que fue derivado a Córdoba cuando su cuadro clínico se agravó.
"Nuestra Cámara tiene un criterio propio y muy humano, y actuó con muchísima celeridad", ponderó la abogada Mengo. "Los camaristas, apenas tomaron conocimiento del trámite, lo resolvieron de la manera más inmediata", resaltó.
Los jueces, una vez recibido el pedido de amparo, consultaron el cuadro clínico del paciente ante los médicos responsables de la UTI del nuevo Hospital San Roque, vía telefónica y dejando de lado la elaboración y envío de oficios que hubiesen demandado mucho tiempo de respuesta.
Valientes
Para Mengo los camaristas actuaron con "valentía" en forma contraria a lo que viene sosteniendo el COE en sus estrictas resoluciones y medidas.
"La presencia (de la familia en el lugar de internación) ha sido muy importante y sentida". El ingreso se produjo cumpliendo todas las medidas de biosanidad y en ningún momento se tuvo contacto con el paciente, garantizando ese cuidado. "Los médicos les explicaron (la situación) y los protegieron, y eso les ha dado una paz y tranquilidad para poder sobrellevar la enfermedad de su papá desde otro lugar", enfatizó la abogada.
La letrada elogió, asimismo, la infraestructura y el cuidado "impecables" del hospital público hacia sus pacientes.
Mengo concluyó elogiando la rapidez de la Cámara en resolver la cuestión, desde el domingo pasado cuando comenzó a plantearse el tema entre la familia y los abogados, la presentación del lunes y la resolución el martes, con las urgencias de un estado crítico de esta característica.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
Nota de Opinión.
La entidad fue fundada en 1936 y a lo largo de los años se consolidó como referente institucional.
La pieza es un ciclo de monólogos breves que el autor escribió durante la pandemia y que este año cumple su segunda temporada de funciones.
Días atrás el Vivero Municipal de Río Tercero cumplió 10 años. Y en ese marco, la Secretaría de Desarrollo Vecinal de la Municipalidad, presentó los resultados del censo de arbolado urbano, y la efectividad de las 700 intimaciones emitidas para los vecinos frentistas planten árboles en las veredas. El relevamiento arrojó, además, cuáles son los barrios con más y menos ejemplares.
El acto estuvo encabezado por el ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, acompañado por el intendente Marcos Ferrer, el secretario General de la Gobernación David Consalvi, y el Jefe de Policía Leonardo Gutierrez.
La categoría contó con 90 patinadoras, quedando las patinadoras locales en los siguientes puestos: Lola Pasteris: 33; Victoria Soria: 45; y Zoe Valla en el puesto 47, siendo esta su primera participación en un evento de tal magnitud.
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
La damnificada adujo que no le permitieron ingresar al boliche local por su aspecto físico. El tribunal reconoció el reclamo de multa por daño punitivo.