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CAME, SRA y CONINAGRO se presentaron en la Corte Suprema por modernización laboral contemplada en el DNU

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) como amicus curiae en apoyo al Título IV Trabajo del DNU 70/2023 “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”.

Información General28/02/2024TribunaTribuna
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A partir de la declaración de inconstitucionalidad del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y encontrándose en estudio por parte de la CSJN, las tres entidades empresarias expresaron la necesidad de derogar todos los artículos que contemplan multas económicas y que son los principales generadores de la litigiosidad laboral en la República Argentina (artículos 8, 9, 10 y 15 de la Ley 24.013; 1 y 2 de la Ley 25.323; y 80 de la Ley 20.744, conforme el texto ordenado por la Ley 25.345).

"Los artículos detallados dificultan la generación de empleo genuino, al enfrentar a las pymes con la contingencia de afrontar una erogación que el propio negocio es incapaz de generar. Las multas económicas aludidas provocan una afectación económica de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas y a la sociedad en su conjunto", señalaron.

Medularmente se expuso que las multas de las leyes 24.013, 25.323 y 25.345 fueron "el peor error de política legislativa en materia social y económica de la historia del derecho del trabajo en la Argentina, en tanto disuadieron a los empleadores de contratar de un modo muy trascendente".

Asimismo, indicaron que "la opinión y la colaboración manifestadas por SRA, CAME y CONINAGRO es únicamente relativa a la parte del derecho individual del trabajo, excluyendo de forma expresa toda vinculación con el Derecho Colectivo del Trabajo.

Cabe destacar que se anexaron informes en materia económica que justifican el escrito ante la CSJN.

La figura a la que apelaron las entidades para realizar su presentación ante la Justicia es la de amicus curiae (amigos de la corte). Se trata de informes técnicos que presentan personas ajenas a un litigio, pero que tienen interés en la materia, con la intención de brindar argumentos para la resolución de un asunto, dar su opinión jurídica, proporcionar información sobre el caso o alertar sobre posibles efectos.

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