
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.
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Una Cámara de la ciudad de Córdoba fundamentó una condena a prisión perpetua por abuso sexual seguido de muerte. Para el tribunal, esta figura penal puede aplicarse incluso en aquellos casos en los que el deceso fue provocado por la propia víctima como consecuencia de los padecimientos sufridos. La sentencia fue seguida de cerca por jueces locales quienes a diario se enfrentan con casos de abusos sexuales.
Policiales06/01/2024Una sentencia dictada por la Cámara en lo Criminal y Correccional de 12° Nominación de la ciudad de Córdoba, sienta un importante presedente en un caso de abuso sexual cuya víctima terminó quitándose la vida
Los jueces consideraron que la figura de abuso sexual seguido de muerte, prevista en el artículo 124 del Código Penal, puede aplicarse incluso cuando el deceso haya sido provocado por la propia víctima como consecuencia de los abusos sexuales sufridos.
“A diferencia de otras normas en las que se utiliza el vocablo ‘homicidio’ no resulta necesario que la muerte sea la consecuencia de la causación física de la conducta llevada adelante por una persona sobre otra (…). Basta que la muerte (no el homicidio) sea una consecuencia, se encuentre determinada, por aquellas situaciones de abuso que como antecedente la provocan, aunque haya sido una ‘decisión’ de la propia víctima, como manera de poner fin a su padecimiento”, argumentó el tribunal.
La frase forma parte de los fundamentos de la condena a prisión perpetua impuesta a H. L. G. T. por la muerte de su hija; quien se quitó la vida luego de haber sido sometida a múltiples episodios de abuso sexual como así también a violencia física, psíquica y económica, desde que tenía cuatro años, aproximadamente.
La sentencia fue leída con mucha atención por los jueces de los Tribunales locales quienes a diario se enfrentan a casos de abusos sexuales, uno de los delitos que encabezan la lista de los más juzgados en esta jurisdicción.
En otro pasaje, la sentencia subraya que la autoprovocada muerte de la joven satisface adecuadamente los requisitos normativos de la figura prevista en el artículo 124 del Código Penal “en tanto esa muerte fue la consecuencia directa de esos abusos”.
El tribunal integrado por los camaristas Gustavo Reinaldi, Gabriela Bella y Ana María Lucero Offredi, junto con jurados populares, concluyó que la situación de abuso sexual continuado afectó la psiquis de la víctima hasta que, finalmente, decidió quitarse la vida con un arma de fuego, puesto que no encontraba otra salida a su insoportable situación.
“J.R.T se quitó la vida como consecuencia de la prolongada situación de abuso que había sufrido bajo el dominio de su padre (…). Fue J. R. T. quien apretó el gatillo, pero fue su padre quien la determinó a hacerlo. Su muerte fue el inexorable resultado de los padecimientos a la que aquél la sometió durante prácticamente toda su vida”, especifica la sentencia.
La maniobra consistía en estafas reiteradas y usurpación de terrenos, para luego vender derechos posesorios apelando a documentación apócrifa.
Reincidieron en el mismo delito por el que habían sido condenadas años atrás. Seguían vendiendo drogas con prisión domiciliaria.
El sujeto, que convivía con la supuesta víctima de 14 años al momento de la denuncia, había sido acusado de abuso sexual con acceso carnal, que las pericias no pudieron determinar.
Tres hombres de 33, 25 y 19 años fueron detenidos en la mañana del domingo luego de chocar contra un árbol el auto en el que se conducían.
La moto en que viajaba desde Embalse a Río Tercero colisionó contra una camioneta en la ruta 5.
Uno de los condenados se desempeñaba como jefe de la Comisaría de Santa Rosa de Calamuchita al momento de los robos. Recibieron penas de prisión efectivas.
La Fiscal de Instrucción de Río Tercero, Paula Bruera, ordenó la imputación, captura y detención de un sujeto de 36 años de edad por resultar supuesto autor del delito de Abuso sexual con acceso carnal calificado por la situación de convivencia preexistente y corrupción de menores agravada por la guarda.
La víctima recibió una puñalada en el estómago. Sucedió en la zona rural de Almafuerte.
Gómez expresó su alegría por la nueva función, para trabajar de acuerdo al compromiso enunciado por el gobernador Martín Llaryora a fin de priorizar la salud pública de la población.
El juicio fue abreviado y estuvo presidido por la jueza Guarania Barbero.
Con la llegada de las vacaciones de invierno, Almafuerte se prepara para recibir a turistas y residentes con una propuesta pensada especialmente para el público familiar: “FestiNiño”, un ciclo de encuentros recreativos.
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