Radio T

Fallo histórico en Río Tercero. Condenan a un instituto privado por defraudar las ilusiones de futuros psicólogos

La Justicia de Córdoba sentó un precedente fundamental al proteger a los estudiantes como "consumidores vulnerables". El IDES deberá indemnizar con sumas millonarias a un grupo de alumnas tras incumplir convenios, ocultar información clave y hasta adulterar documentos oficiales.
Locales04/08/2026TribunaTribuna
TRIBUNALES

En un fallo que marca un antes y un después en la responsabilidad de las instituciones educativas privadas, el Juzgado Civil y Comercial de Río Tercero, a cargo de la jueza Romina Sánchez Torassa, condenó al IDES (Instituto de Enseñanza Superior) por el incumplimiento contractual y el daño provocado a un grupo de estudiantes de la carrera de Licenciatura en Psicología.

Una promesa inalcanzable

Los hechos se remontan al año 2012, cuando las damnificadas comenzaron sus estudios bajo la promesa de que la carrera se dictaría íntegramente en la ciudad de Río Tercero. Sin embargo, al llegar al último año, el cursado nunca se dictó.

La investigación judicial, impulsada por el abogado Álvaro A. Vilariño en representación de los frustados alumnos, reveló que el título universitario promocionado dependía de un convenio de articulación con una Universidad de Buenos Aires que, en realidad, ya estaba rescindido al momento en que las estudiantes ingresaron. La institución no solo omitió informar esta situación, sino que mantuvo el engaño durante más de tres años.

Maniobras y adulteración de documentos

Uno de los puntos más graves destacados en la sentencia fue la adulteración de las fichas de inscripción. Pericias caligráficas y técnicas determinaron que el IDES alteró los casilleros donde constaba la carrera elegida por las alumnas en un intento deliberado por encubrir su error y sostener un engaño insostenible.

El estudiante como "consumidor vulnerable"

El fallo es contundente al encuadrar la relación entre el instituto y los alumnos dentro del Derecho del Consumidor. Según puntualizó el Dr. Vilariño, la justicia consideró que el alumno es la parte más vulnerable de la relación, ya que no solo invierte dinero, sino también sus horas de estudio y su proyecto de vida.

Los pilares que sostienen la condena son:

  • Violación de la buena fe y el deber de información: El IDES ocultó información vital y estiró una expectativa falsa de manera intencional.
  • Fuerza vinculante de la publicidad: Lo que se ofrece en los folletos y promociones integra el contrato y debe cumplirse estrictamente.
  • Responsabilidad resarcitoria: La justicia determinó que las instituciones educativas "no venden mercadería envasada, sino futuro y confianza". Una indemnización millonaria por "sueños rotos"

Debido a la gravedad de los hechos, el magistrado hizo lugar a una pretensión resarcitoria que incluye no solo el daño material, sino también conceptos como frustración del proyecto de vida, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo. Además, se contemplaron gastos para tratamientos psicológicos destinados a superar el impacto emocional del fraude.

Este pronunciamiento consolida un estándar jurisprudencial riguroso: las instituciones educativas que comercialicen carreras sin respaldo operativo firme o transparencia informativa enfrentarán consecuencias legales severas por defraudar la confianza de sus alumnos.

El “IDES” tenía la obligación legal de brindar información clara, veraz, oportuna y transparente. Al ocultar la caída del convenio y estirar una expectativa falsa por más de tres años, violó el principio de buena fe que rige en todo contrato.

El fallo no está firme y puede ser apelado a una instancia superior. 

Te puede interesar
Lo más visto