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Legítima defensa ante un calvario de 20 años. Los fundamentos del fallo que absolvió a Jenifer

Locales04/07/2026TribunaTribuna
FALLO JENIFER (1)
Jenifer junto a su abogado Carlos Pajtman en el juicio que terminó con la absolución de la joven.

Tras la reciente sentencia del pasado 3 de junio que dictó la absolución unánime de Jenifer Raimondo, la Cámara del Crimen de Río Tercero dio a conocer los fundamentos del fallo, elaborados por la camarista Guarania Barbero. Estos argumentos resultan centrales para comprender un fallo sin precedentes en el país, que aplica una perspectiva de género y de niñez para justificar el accionar de una mujer que mató a su padre de varias puñaladas, tras décadas de abusos sexuales sistemáticos.

Para la jueza Barbero, el eje de la decisión reside en que Jenifer no actuó con una simple "decisión de matar", sino que se defendió en un contexto de extrema violencia sexual, física y psicológica que marcó toda su vida.

La magistrada resaltó como elementos fundamentales el trastorno de estrés postraumático (TEPT). Basándose en pericias interdisciplinarias, Barbero destacó que la imputada presenta sintomatología compatible con el TEPT, definido por la OMS como un trastorno derivado de eventos horribles y prolongados de los que es "imposible escapar", tales como la esclavitud o el abuso sexual repetido en la infancia.

La jueza subrayó la objetivación que Atilio Raimondo ejercía sobre su hija, a quien trataba "como su mujer" para satisfacer sus instintos, asignándole una "función" dentro de un ambiente familiar sumamente hostil.

Los fundamentos indican que, ante la insistencia del padre para realizar el acto sexual la noche del hecho, Jenifer tuvo una "reacción emocional aguda" para defenderse de un nuevo ataque a su integridad sexual.

Citando las conclusiones de la pericia interdisciplinaria, la magistrada subraya que Jenifer “ha referido vivencias dramáticas desde la primera infancia, que detalla una niñez y adolescencia signada por el sufrimiento  abusos sexuales constantes por parte de su padre, carencias afectivas y vivencias de abandono por parte de adultos responsables del cuidado, con un crecimiento enmarcado en un ambiente familiar sumamente hostil”. 

Barbero concluyó que, si bien el hecho es "típico" (el acto de matar existió), no es antijurídico, ya que se encuentra justificado por una causa de legítima defensa, lo que conduce necesariamente a la absolución.

Asimismo, la jueza descartó el argumento de que Jenifer "pudo elegir irse" ante ese contexto de violencia y sometimiento. Recordó que la joven intentó marcharse en dos ocasiones, pero fue convencida o presionada por sus propios hermanos para regresar a cuidar a su padre cuando este enfermó.

El caso, que llegó a juicio en los tribunales de Río Tercero, se originó el 2 de enero de 2025 en una zona rural de Almafuerte. La noche del suceso fue el desenlace de un calvario que comenzó cuando Jenifer tenía solo 10 años.

La prueba recolectada durante el debate reveló un entorno de extrema precariedad y violencia.
Jenifer debió abandonar la escuela en tercer grado y quedó bajo el control absoluto de su padre en un cortadero de ladrillos, luego de que su madre y hermanos huyeran del hogar por la violencia de Atilio.
 

A los 11 años, su padre ya le suministraba anticonceptivos y comenzó a abusar sexualmente de ella, una situación que se prolongó durante dos décadas.

La noche del crimen, tras regresar de un festejo de Año Nuevo donde el padre ya había intentado tocarla a la fuerza, Atilio le exigió repetidamente que fuera a su habitación para estar con él. Jenifer, en un estado de hartazgo, le asestó nueve puñaladas con una navaja.

Un cambio de paradigma judicial
Mientras que la Fiscalía solicitaba una condena de tres años de ejecución condicional por "emoción violenta", la defensa, liderada por Carlos Pajtman, argumentó que una víctima de abusos crónicos no puede ser evaluada bajo los parámetros tradicionales de "inminencia". Pajtman introdujo el concepto de "indefensión aprendida" y remarcó que el Estado le había fallado a Jenifer durante toda su vida.

La sentencia no solo reconoce que Jenifer no intentó ocultar el hecho -esperó a la policía junto al cuerpo manifestando que "ya está, se había cansado"- sino que sienta un precedente sobre cómo la defensa de la integridad sexual justifica el uso de fuerza letal en circunstancias de violencia de género extrema.

Jenifer, que llegó al jucio oral en libertad, resultó absuelta por unanimidad de los tres juecestérnicos que integraron el Tribunal,  y los jurados populares.

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