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Sancionaron a dos electricistas por incumplimiento de la Ley de Seguridad Eléctrica

Se trata de dos electricistas idóneos Categoría III que formaban parte del Registro de Instaladores Habilitados del ERSeP. En un caso se constató la existencia de Certificado de Instalación Eléctrica Apta que no cumplía con los requisitos legales. En el otro, el instalador incurrió en importantes errores en la certificación, habiendo además falseado datos en la misma.

Provinciales04/06/2018 Tribuna
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Dos electricistas idóneos, Categoría III, que forman parte del Registro de Instaladores Habilitados del ERSeP, fueron sancionados por el mismo organismo –autoridad de aplicación de la Ley de Seguridad Eléctrica- al constatarse incumplimiento de deberes y obligaciones de la Normativa Provincial.

En el primer caso, no cumplió con los requisitos legales al momento de emitir el Certificado de Instalación Eléctrica Apta, en perjuicio de un usuario de un departamento ubicado en el Bv. San Juan de la ciudad Capital.

Personal del Área de Seguridad Eléctrica constató que el certificado poseía errores y falsedades, que ameritarían la falta de aptitud de la instalación eléctrica certificada. La conducta del electricista resultó encuadrable en el “Régimen de Infracciones y Sanciones”.

La Subgererencia de Sanciones e Infracciones del ERSeP consideró  correspondiente la aplicación de una multa equivalente a 100 Unidades, un monto superior a los $ 40.000 teniendo en cuenta que el mismo Régimen establece el valor de la Unidad de Multa el equivalente a cien (100) veces el valor unitario del kilowatt-hora (kWh) de la mayor tarifa de la categoría residencial del cuadro tarifario vigente; en este caso, para la Empresa Provincial de Energía de Córdoba.

En el segundo caso sancionado, se incurrió en importantes errores en la certificación de la instalación de una vivienda de Barrio Poeta Lugones de Córdoba Capital, habiendo además falseado datos en la misma, indicando como cumplidas condiciones que luego desconoció.

Además del análisis se dedujo que a la fecha de la emisión del informe, sería altamente probable que la instalación del usuario posea riesgo eléctrico, tanto en lo que respecta a la protección de las personas como de los bienes, al no contar con un sistema de puesta a tierra, protección diferencial, ni elementos esenciales que cumplan con condiciones básicas de mantenimiento. La conducta del electricista resultó encuadrable también en el “Régimen de Infracciones y Sanciones”, correspondiéndoles una multa equivalente a 100 unidades (más de $40.000).

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