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Por ordenanza municipal se garantiza el acompañamiento a pacientes críticos

El Ejecutivo Municipal deberá elaborar un protocolo sanitario para que familiares y allegados a pacientes terminales puedan acompañarlos y/o despedirse.

Locales03/09/2020 Tribuna
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En la sesión del Concejo Deliberante que se desarrolló durante la jornada de hoy, se aprobó una nueva ordenanza que regula el acompañamiento de los pacientes terminales y su despedida en este contexto de pandemia.

El lunes desde el Ministerio de Salud de la Nación se emitió un documento con recomendaciones para  "garantizar aspectos que permitan a los pacientes afrontar el proceso final de su vida con dignidad y permitir a familiares/allegados la posibilidad de despedida presencial".

Poder acompañar a pacientes en estado crítico en el final de vida es una demanda creciente de familiares que perdieron a sus seres queridos durante la pandemia.

En ese sentido los concejales del bloque de la Unión Cívica Radical elaboraron el proyecto de ordenanza para garantizar en la ciudad de Río Tercero a los familiares de pacientes terminales acompañarlos y/o despedirse.

El proyecto fue aprobado y establece, entre otros puntos, que el Municipio en un plazo de cinco días debe realizar un protocolo sanitario "A fin de garantizar el acompañamiento y despedida de pacientes críticos y/o en últimos días de vida, en un marco de seguridad, información y contención necesaria".

Este protocolo alcanzará a "Pacientes en estado crítico, (fin de vida), con o sin COVID-19 y/o sus familiares y allegados, como al personal de salud que lo asiste y a los establecimientos donde se encuentren".

Requisitos

Requisitos para acompañar y/o despedirse de familiares o allegados en los últimos momentos de su vida:

a)   Tener entre 18 y 60 años.

b)   Gozar de buena salud en general.

c)    No estar embarazada.

d)   No tener factores de riesgo comprendidos en los Protocolo de manejo frente a casos confirmados y sospechosos de COVID-19 vigentes.

e)    Firmar un consentimiento informado donde se aclare el riesgo potencial.

f)     Maximizar medidas de higiene personal y cumplir con las medidas de cuidado preventivo que se establezcan en las normativas vigentes y por las instituciones sanitarias en particular.

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